¿Se paga la misma cantidad de pensión de alimentos a los hijos menores de edad que a los que ya son mayores? La ley establece la obligación de pagar una pensión de alimentos para los hijos, al padre o madre que no tenga la guarda y custodia de los mismos. En el caso de hijos menores de edad, el artículo 142 de Código Civil señala que la cantidad de la pensión de alimentos deberá ser la necesaria para cubrir todas las necesidades presentes y futuras de los hijos en sentido amplio. En concreto, se refiere a los gastos en alimentación, vestido y calzado, vivienda adecuada, educación y asistencia médica. Esta…