¿Puedo reducir la pensión de alimentos si tras mi divorcio tengo un hijo con mi nueva pareja?

Nacimiento de un hijo con nueva pareja.

Toda sentencia de divorcio o separación establece la obligación de pago de una pensión de alimentos para los hijos al padre o madre que no tiene la guarda y custodia exclusiva de los mismos.

Puede darse la situación de que el padre o madre que no tiene la guarda y custodia, con posterioridad al divorcio inicie una relación de pareja y tenga un nuevo hijo. En este caso, el Tribunal Supremo en su sentencia de 30 de abril de 2013, ha establecido que esta nueva circunstancia puede dar lugar a una rebaja de la pensión de alimentos establecida en su momento a favor de los primeros hijos. Ello precisamente en atención a que el nacimiento de un nuevo hijo supone que surjan mayores gastos que hay que asumir para su mantenimiento.

Eso sí, para que se acuerde por el juez la rebaja de los alimentos, habrá que demostrar que la nueva pareja carece de ingresos, o son muy escasos. Si se da esta circunstancia, habrá que prorratear la cantidad destinada a alimentos entre todos los hijos habidos.

En Egal Abogados, resolvemos cualquier duda que puedas tener sobre este asunto.

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