En caso de divorcio ¿Quién se queda con el uso del coche y de la vivienda de veraneo?

En caso de divorcio, ¿Quién se queda con el uso del coche y de la vivienda de veraneo?

Cuando una pareja decide divorciarse o separarse, el juez tiene que determinar, entre otras cosas, quién se quedará con el uso de la casa que habitó la familia, y que en muchas ocasiones además será propiedad de ambos esposos o miembros de la pareja.

En caso de que existan hijos, este derecho de habitar la vivienda será para el padre o madre que tenga la guarda y custodia exclusiva de los mismos, y hasta que éstos cumplan la mayoría de edad. En caso de custodia compartida de los hijos, tendrá derecho a usarla el padre o madre que tenga menos ingresos, pero hasta que se liquide la sociedad de gananciales, o por el tiempo determinado por el juez (que normalmente será hasta transcurridos aproximadamente 2 años desde el dictado de la sentencia de divorcio o separación).

Puede ocurrir que el matrimonio o pareja tenga en propiedad además de la vivienda en la que residió habitualmente la familia, una segunda residencia vacacional o de recreo, además de vehículos (coches, motocicletas, embarcaciones…). En estos casos, la sentencia del Tribunal Supremo de 19 de noviembre de 2013 ha establecido que el juez que decide sobre el procedimiento de divorcio o separación, no puede establecer a qué miembro de la pareja le corresponderá el uso de esta segunda residencia, o de otros bienes tales como vehículos. Para decidir sobre estas cuestiones, se tendrá que acudir a otro tipo de procedimiento judicial diferente, que es el llamado procedimiento declarativo, en el que decidirá un juez diferente al del proceso de divorcio. Otra opción es acudir directamente al procedimiento de la liquidación de la sociedad de gananciales, a fin valorar y adjudicar a cada una de las partes los bienes que integran su patrimonio.

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