¿Puedo cambiar las medidas acordadas en mi sentencia de divorcio?

Modificación de medidas.

Para que se puedan cambiar las medidas establecidas en una sentencia Divorcio o Separación, bien sean las que acordaron los esposos de mutuo acuerdo en un Convenio Regulador redactado a esos fines, o las que impuso el juez en una sentencia tras celebrarse un juicio, se exige que haya habido un cambio importante entre la situación que existía en el momento del Divorcio o Separación, y la situación que existe en el momento en que se quiere modificar lo anterior.

Por ejemplo, puede ocurrir que en el momento del Divorcio, como uno de los padres tenía un horario laboral muy extenso (que incluya mañanas y tardes completas), no existían las circunstancias óptimas para el desarrollo de una Guarda y Custodia compartida de los hijos, o incluso para el desarrollo de un régimen de visitas amplio (que incluya la estancia de los niños con el padre o madre varias tardes por semana, así como fines de semana alternos desde el viernes a la salida del colegio hasta el lunes por la mañana).

En estos casos, si posteriormente se cambia de trabajo o de horario laboral pasando a disponer de mayor tiempo para dedicar a los hijos, se puede pedir al juez un cambio en ese sentido, solicitando una ampliación del tiempo de estancia de los hijos con cada progenitor. Ello para que puedan pasar mucho más tiempo con el padre o madre al que le ha cambiado la situación laboral, lo que en principio siempre se entiende beneficioso para los hijos menores de edad.

Por otro lado, también puede darse el caso de que uno de los padres haya tenido una rebaja importante en su salario, de forma que el pago del importe de la pensión de alimentos en su día acordado pase a ser una obligación muy difícil o imposible de cumplir, sin desatender las necesidades básicas del padre o madre obligado al abono.

De igual manera, puede ocurrir que el padre o madre obligado al pago de la pensión de alimentos tenga una subida importante de salario. Esto ocasionaría la obligación de contribuir en mayor medida al pago de las necesidades materiales de los hijos y por ello aumentarse el importe de la pensión de alimentos.

Estas nuevas circunstancias motivarían la petición al juez de una rebaja o de un aumento de la pensión de alimentos según cada caso.

Este trámite es el conocido procedimiento de modificación de medidas.

La casuística puede ser muy extensa y hay que estudiar cada caso particular.

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