• Que el padre tenga unos ingresos elevados no significa que la pensión de alimentos del hijo tenga que ser exagerada

    Un Juzgado de Madrid fijó la pensión de alimentos de un hijo mayor de edad, a cargo de su padre, en la cantidad de 1.250 euros mensuales. Aparte de esa cantidad, este padre también tenía que pagar todos los gastos de los estudios del hijo en una Universidad privada (matrícula, mensualidades de 972,41 euros,…). El padre recurrió la sentencia y la Audiencia Provincial de Madrid, en su Sentencia de 21 de octubre de 2014, le dio la razón fijando la pensión únicamente en 1.500 euros mensuales, en los que estaban incluidos todos los gastos universitarios. La Audiencia tuvo en cuenta que el hijo tenía las mismas necesidades que cualquier joven…

  • ¿Qué ocurre cuando existe una condena por violencia de género?

    El artículo 97.2 del Código Civil establece que no procederá la Guarda y Custodia compartida de los hijos cuando uno de los padres esté incurso en un proceso penal por delitos contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad o indemnidad sexual. Y tampoco cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica. Las sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales de las Comunidades Autónomas, han contemplado varias posturas, que pasan por no concederla por existir un proceso penal en curso; supuestos en que no puede acordarse por haber recaído una condena…

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