El periódico publica un caso en el que la Audiencia Provincial da la razón a nuestro cliente.
Cuando nuestro cliente divorciado llegó por primera vez a nuestro despacho, pagaba una pensión de alimentos a favor de su hijo mayor de edad con el que no mantenía ningún tipo de contacto o relación. Además, su ex esposa tampoco le facilitaba ningún tipo de información sobre el joven, por lo que este padre desconocía los detalles sobre la vida de su hijo, incluso si estudiaba o trabajaba.
Tras realizar una serie de gestiones en el Juzgado, este padre pudo conocer la situación real de su hijo y la Audiencia Provincial limitó el pago de la pensión de alimentos a 12 meses, al averiguarse que no estudiaba con aprovechamiento y que tampoco buscaba trabajo de forma activa.
Por desgracia, la situación vivida por nuestro cliente es muy habitual, si bien con el debido asesoramiento, los Juzgados le suelen dar una solución justa y adecuada. Enhorabuena a nuestro cliente.